Quién entra
El Titular elige quién entra a la defensa en Mi despacho › Defensa:- Responsable: contesta por el caso y recibe sus avisos. Se cambia con Asignar.
- Quien confirma los escritos: el Titular, o la persona que él nombre en ese caso.
- Abogado de fuera: el Titular lo invita a un caso con su correo y una vigencia. Entra con su cuenta y ve sólo los casos a los que lo invitaron; no confirma escritos ni cierra casos.
Las estaciones del caso
Cumplida calcula la estación con lo que el caso ya tiene; nadie la mueve a mano. El encabezado del caso dice su siguiente paso.
El color dice cuánto reloj legal queda: rojo con una fecha fatal a 2 días hábiles o menos; ámbar a 10 o menos, o cuando el caso espera a otra persona.
El caso, paso a paso
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Llega el acto
Entra por cinco vías: subiéndolo en la pestaña El caso (PDF o fotos), leyéndolo de una notificación del buzón ya abierta, dejándolo en la carpeta
Actos por defender/RFC/ de Magda de escritorio, abriendo la notificación en el SAT con ella, o desde Magda en Claude. Una foto se lee con OCR.Magda lee folio, autoridad, ejercicio, contribuciones, monto, fundamentos y hechos, y lo asigna al caso existente del contribuyente o abre uno en Llegó. La fecha de notificación leída, y la fecha y el monto de un escaneo, no cuentan hasta que una persona los confirma.2
Los plazos
Cada medio se cuenta con la ley vigente el día de la notificación, y cada fecha fatal lleva su cita: aclaración, autocorrección, acuerdo conclusivo, queja ante PRODECON, recurso de revocación y juicio de nulidad (ordinario y sumario). Con la sentencia se cuentan también el amparo directo y la revisión fiscal de la autoridad.Los avisos llegan a 10, 5, 2 y 1 días hábiles de cada fecha fatal. Todas las fechas están en la pestaña Agenda del módulo, y las próximas, en Hoy.
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La estrategia
En Hallazgos, Magda cruza la determinación con lo que el SAT tiene del contribuyente, integra la matriz de agravios con sus precedentes y cuenta cómo ha contestado la autoridad. Da datos, fechas, precedentes con su pasaje y conteos con cuántos casos los sostienen; no dice cómo resolverá una Sala.Usted elige el medio y los agravios en la matriz, con Guardar la elección.
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Las pruebas
Magda integra lo ya descargado del SAT en un ZIP con su índice en PDF; cada pieza lleva su sha256. Lo que sólo tiene el despacho o el contribuyente se sube en El acto › Documentos. En la pestaña Pruebas, cada documento se liga a los agravios que sostiene y el índice dice qué agravio queda sin prueba.
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Los escritos
Magda prepara el borrador del medio elegido y lo verifica renglón por renglón; lo faltante queda entre corchetes. Usted lo descarga en Word, lo edita y lo sube con Subir Word editado: se vuelve a verificar y Ver cambios muestra qué cambió. Lo confirma el Titular o quien él nombró.
6
La presentación
La presenta una persona: en oficialía de partes, buzón tributario, Juicio en Línea o ante la PRODECON. Luego, en la pestaña El juicio, Registrar presentación guarda fecha, vía, folio, expediente y acuse.
7
El seguimiento
En un juicio de nulidad, Magda consulta el Boletín Jurisdiccional del Tribunal cada día hábil y sugiere el cambio de estado cuando un acuerdo lo mueve; cada cambio lo confirma una persona. Lee la contestación de la demanda cuando se carga y cuenta la ampliación. Avisa cuando la sentencia aparece publicada; que esté publicada no significa que esté notificada, y de ahí no se cuenta ningún plazo.
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El resultado
Registre cómo le fue a cada agravio y cierre el caso con su resultado: ganado, ganado en parte, perdido, desistido, acuerdo conclusivo o pagado. Con una sentencia favorable, el caso sigue abierto hasta que la autoridad cumpla, y Magda cuenta su plazo para hacerlo.
Qué herramienta para qué
La regla que no se mueve: lo que decide, confirma o firma pasa por la aplicación web, con la sesión de una persona.
Lo que no se hace aquí
- No se firma ni se presenta un escrito.
- No se eligen el medio ni los agravios por usted.
- No se predice cómo resolverá una Sala.
- No se da por válida una fecha o un monto leídos hasta que una persona los confirma.
- Hoy no se redactan amparos (salvo el indirecto contra un acto de la UIF), ni se cuenta la revisión dentro de un amparo o el plazo de un amparo contra una norma autoaplicativa.

